Prórroga extraordinaria del alquiler y limitación de rentas: claves del Real Decreto-ley de 20 de marzo de 2026


La principal novedad es la posibilidad de que los arrendatarios de vivienda habitual soliciten una prórroga extraordinaria de sus contratos por un máximo de dos años adicionales, siempre que su vencimiento se produzca antes del 31 de diciembre de 2027. Esta prórroga se aplicará en las mismas condiciones contractuales, incluida la renta.
Asimismo, se mantiene la limitación en la actualización anual del alquiler, fijando un tope del 2%.


Desde el punto de vista jurídico, estas medidas tienen carácter extraordinario y se superponen al régimen general de la Ley de Arrendamientos Urbanos, limitando temporalmente la facultad del arrendador de recuperar el inmueble o modificar las condiciones económicas del contrato.


En este contexto, resulta recomendable analizar cada caso concreto atendiendo a la fecha del contrato y a las circunstancias específicas aplicables.


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